Alejandro Peza
Los magistrados integrantes del Pleno del Tribunal Electoral de Quintana Roo (Teqroo) determinaron en sesión pública, el reenvió de dos expedientes al Instituto Electoral de Quintana Roo, para que en su calidad de autoridad instructora, realice los requerimientos de información, así como las diligencias necesarias para dejar los expedientes en estado de resolución.
Se trata del Procedimiento Especial Sancionador PES/071/2021, que fuera presentado por el Partido Encuentro Solidario en contra de Luis Fernando Roldán Carrillo, por supuestas actividades desarrolladas que violentan el principio de equidad en la contienda.
En el mes de mayo pasado, el representante del Partido Encuentro Solidario ante el Instituto Electoral de Quintana Roo (IEQROO), Octavio González, informó sobre una auditoría de los recursos de campaña que recibió Luis Roldan cuando fue candidato del PES.
Octavio González dijo que auditarán las aportaciones externas que recibió para su campaña a presidente municipal de Solidaridad para, en su caso, interponer una denuncia ante la FEPADE.
Reconoció que no le proporcionaron recursos económicos sino utilitarios por 125 mil pesos, aunque tienen información de que mientras fue su candidato a la presidencia municipal de Solidaridad recibió aportaciones económicas externas cuyo monto se desconoce hasta ahora.
Los magistrados del Teqroo también devolvieron al Instituto Electoral de Quintana Roo el Procedimiento Especial Sancionador PES/073/2021, que fuera interpuesto por Carlos Manuel Joaquín González, Gobernador del Estado de Quintana Roo en contra de Laura Esther Beristaín Navarrete, Mario Martín Delgado Carrillo y Citlalli Hernández Mora, por supuestas infracciones a disposiciones constitucionales y electorales atribuibles al partido político de Morena.
Hay que recordar que en el mes de junio pasado el Instituto Electoral de Quintana Roo emitió medidas cautelares contra Mario Delgado, Citlalli Hernández y Laura Beristain.
Es porque dijeron que el gobernador orquestó un fraude en Solidaridad.
Les ordenó que “se abstengan de difundir información o realizar expresiones en cualquier medio de comunicación que pudieran constituir una calumnia en perjuicio del quejoso”.
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