El Pleno del TEQROO aprueba ampliar el período de suspensión de labores presenciales administrativas y jurisdiccionales del 1 al 17 de julio.
Se activarán plazos y términos para la interposición y resolución de medios de impugnación.
En sesión de Pleno Administrativa no presencial, las Magistradas y el Magistrado del Tribunal Electoral de Quintana Roo por Acuerdo General aprobaron ampliar la suspensión de labores presenciales administrativas y jurisdiccionales, del 1 al 17 de julio de 2020, como parte de las medidas preventivas recomendadas por las autoridades de la salud para prevenir cualquier contagio por el virus COVID-19.
Cabe señalar, que durante este periodo de suspensión de labores presenciales, se mantendrán activos los plazos y términos previstos para la interposición y resolución de los medios de impugnación, así como los demás procedimientos establecidos en la Ley Estatal de Medios de Impugnación en Materia Electoral.
Este período de tiempo podrá interrumpirse, modificarse o, en su caso, ampliarse, en atención a las determinaciones que tomen las autoridades sanitarias competentes en lo relativo a la epidemia por el virus COVID-19.
Aunado al plazo de suspensión de labores presenciales establecido en este Acuerdo, se concede al personal el primer período vacacional que por ley les corresponde disfrutar del 20 al 31 de julio de 2020, retornando a laborar el día 3 de agosto del presente año.
El Acuerdo también establece que en esta suspensión de labores presenciales el Pleno -del 1 al 17 de julio- y en tanto subsista la emergencia decretada por las autoridades de salud, toda vez que los términos y plazos para interponer los medios de impugnación, han sido reactivados, se mantendrá la atención y resolución de todos los asuntos administrativos y jurisdiccionales de su competencia a través de la realización de sesiones a distancia o no presenciales, utilizando los medios electrónicos de comunicación remota a su alcance, como el correo electrónico, las videoconferencias, los chats por Whatsapp, o aplicaciones similares, que permitan la comunicación virtual, audiovisual o por texto.
Por último, se estableció que durante todo el período de suspensión de labores presenciales, el Tribunal mantendrá a disposición del público usuario, el correo [email protected]; de igual manera, habrán guardias vía telefónica con el personal de la oficialía de partes y la Secretaría General de Acuerdos, para cualquier acción o promoción que requiera de atención.
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