El Pleno del TEQROO aprueba ampliar el período de suspensión de labores y la función jurisdiccional hasta el 29 de mayo
De igual manera, se acordó atender con carácter de urgente los medios de impugnación relacionados con Violencia Política contra las Mujeres en Razón de Género
En sesión de Pleno Administrativa no presencial, las Magistradas y el Magistrado del Tribunal Electoral de Quintana Roo aprobaron un Acuerdo General para ampliar el período de suspensión de labores para la atención al público y la función jurisdiccional, del 18 al 29 de mayo de 2020, como parte de las medidas preventivas recomendadas por las autoridades de salud para prevenir cualquier contagio por el virus COVID-19.
Este plazo, podrá modificarse o, en su caso, ampliarse, en atención a las determinaciones que tomen las autoridades sanitarias competentes en lo relativo a la epidemia. Y en caso de no modificarse, el Tribunal estaría reiniciando labores el lunes 1° de junio del presente año.
Asimismo, como consecuencia de la suspensión de labores, en dicho período no correrán los términos y plazos previstos para la interposición y resolución de los medios de impugnación y demás procedimientos establecidos en la Ley Estatal de Medios de Impugnación en Materia Electoral
El Acuerdo también establece que los medios de impugnación que aludan a casos de Violencia Política contra las Mujeres en Razón de Género o de presuntas violaciones a comunidades y ciudadanos de calidad indígena o algún grupo vulnerable, o de aquellos que puedan producir efectos o perjuicios irreparables, serán considerados con el carácter de urgentes, extraordinarios y excepcionales, sin necesidad de declaratoria previa en ese sentido, deberán tramitarse y atenderse a través de los medios remotos no presenciales para su resolución, independientemente de la suspensión de plazos y términos fijada por este órgano jurisdiccional a consecuencia del COVID-19.
De igual manera, cuando a derecho proceda, de inmediato se ordenará la adopción de medidas cautelares, ya sean estas a petición de la parte o de oficio, por ello, el Pleno deberá dictaminarlas, según sea el caso, a fin de evitar una vulneración mayor a los derechos humanos de las víctimas.
También, deberán acordar las medidas de protección necesarias en favor de la o las víctimas de Violencia Política en razón de Género, con la intención de no exponer la integridad física de éstas, así como dar vista a otras autoridades competentes, si así fuera el caso, ante la posibilidad de que pudieran configurarse otros delitos o faltas administrativas.
El Tribunal Electoral de Quintana Roo vigilará el acatamiento de las medidas cautelares y de las medidas de protección a las víctimas.
Este órgano jurisdiccional seguirá privilegiando el trabajo a distancia, pero para atender cualquier caso de urgencia, consulta o aclaración que se requiera, el Pleno mantiene a disposición del público usuario, el correo [email protected]; de igual manera, se establecen guardias no presenciales, vía telefónica con el personal de la Oficialía de Partes y la Secretaría General de Acuerdos, para cualquier acción o promoción que requiera atención urgente.
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