Ambientalistas de Cancún convocaron a una segunda protesta en contra de Grupo Riu por las obras hotel de Riviera Cancún

Alejandro Peza

Luego de que las magistradas del Tercer Tribunal Colegiado de Quintana Roo negarán la suspensión definitiva del proyecto a los menores de edad que denunciaron el ecocidido “por tener credenciales escolares vencidas”, y “no demostrar el interés legítimo en defender las Áreas Naturales Protegidas de Punta Nizuc”.

El abogado ambientalista Gerardo Solís Barreto convocó a los cancunenses a una manifestación pacífica, el próximo domingo 15 de julio en punto de las 10 de la mañana, en el kilómetro cero de la zona hotelera de Cancún.

El también líder morenista, expresó que no es necesario contar “con una credencial de estudiante vigente, para defender el ecosistema de las Áreas Naturales Protegidas (ANP) de Manglares de Nichupté y el Parque Nacional Costa Occidental de Isla Mujeres, Punta Cancún y Punta Nizuc”.

Y es que el pasado 15 de julio las magistradas del Tercer Tribunal Colegiado de Quintana Roo Selina Haydé Avante Juárez y Graciela Bonilla negaron la suspensión definitiva del proyecto de Grupo RIU ubicado en los lotes de la manzana 55, en kilómetro 21.5 del bulevar Kukulcán de la zona hotelera de Cancún, Quintana Roo.

En la exposición de motivos, las magistradas señalaron que los menores de edad que promovieron el amparo para frenar las obras no pudieron acreditar que viven en Cancún, y que utilizan el medio ambiente que defienden, al no contar con credenciales escolares vigentes.

“Tenemos como acto reclamado la omisión de actuar con base a sus atribuciones para impedir la destrucción de flora y fauna endémica… En el caso concreto estamos proponiendo negar la suspensión definitiva pues el agravio (Grupo RIU) sostiene que las quejosas no tienen interés legítimo personal para demostrar fehacientemente que habitan o utilizan el ecosistema que defienden, ya que las credenciales de estudiantes que exhibieron tienen fechas de vencimiento antes de celebrarse la audiencia incidental, y los recibos de domicilio no tienen relación con las quejosas ni demostraron con diversas pruebas que su domicilio se encuentra en la ciudad de Cancún”, propuso la magistrada Selina Haydé.

Y agregó “Al no haber en las pruebas presentadas ninguna que pueda acreditar este interés suspensional, es que se propone revocar la sentencia interlocutoria, negar la suspensión definitiva y declarar infundada la revisión adhesiva”.

Por su parte el magistrado Jorge Mercado Mejia voto en contra del proyecto al señalar que el Tercer Tribunal debía recabar pruebas a favor de los menores de edad bajo el principio de “suplencia de queja”, y el Interés Superior de los Menores de edad.

“Votaré en contra, no comparto la conclusión, se trata de menores de edad que reclaman que vulneran el derecho a un medio ambiente sano, el Tercer Tribunal está legalmente obligado a aplicar el principio de “Suplencia de Queja” en toda la amplitud, recabar pruebas a favor de los menores de edad”, precisó el magistrado.

En su “defensa” la magistrada Selina Haydé aseguró que no es posible reponer el procedimiento para sustituir y perfeccionar las pruebas exhibidas por los menores de edad.

“Esa no es la finalidad de la suplencia de la queja, puesto que vulneraría un principio evidente de equidad procesal.

La suplencia es únicamente para lograr equilibrar a las partes, pero si nosotros vamos a perfeccionar las acciones de una de las partes, eso no es actuar en suplencia, vulneraría todos los principios del juicio de amparo”, aseguró.
Finalmente con dos votos a favor por parte de las magistradas Selina Haydé Avante Juárez y Graciela Bonilla Tercer Tribunal Colegiado de Quintana Roo revocó la suspensión definitiva del proyecto Hotel Riviera Cancún de la cadena española Grupo RIU.

Sé el primero en comentar

Dejar una contestacion

Tu dirección de correo electrónico no será publicada.


*