Alejandro Peza
La Sala Regional Xalapa del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) revocó la sentencia emitida por el Tribunal Electoral de Quintana Roo (TEQRoo) que determinó la pérdida de registro como partido político local y, consecuentemente, de los derechos y prerrogativas de Más, Más Apoyo Social, al no obtener el 3% total de la votación válida emitida en la elección inmediata anterior.
Es preciso señalar que la sentencia del Tribunal local fue impugnada por los partidos políticos Verde Ecologista de México (PVEM), Revolucionario Institucional (PRI), Acción Nacional (PAN) y Movimiento Ciudadano (MC), al considerarla no ajustada a Derecho.
Las impugnaciones se basan en una supuesta inadecuada interpretación de la Ley por parte del Pleno del Teqroo pues ordenaron la restitución de los derechos y prerrogativas de MAS Apoyo Social con base a los resultados de la elección de gobernador de junio del 2022, cuando obtuvo el respaldo del siete por ciento del padrón electoral.
No obstante, la Ley Electoral del Estado de Quintana Roo establece que para este caso aplican los resultados de la Elección Anterior Inmediata de Gobernador o Diputados Locales, es decir los comicios de junio del 2023, cuando fue para la designación de la Legislatura Local, en la cual MAS Apoyo Social obtuvo el 1.9 por ciento de respaldo ciudadano.
Las magistraturas que integran el Pleno de la Sala Regional arribaron a tal determinación ya que, fue incorrecto que el TEQRoo considerara los resultados de las elecciones de Gubernatura celebrados en 2022 para determinar la conservación del registro de Más, Más Apoyo Social como partido político local, ya que dicha elección no correspondía al proceso electoral inmediato anterior, el cual fue la elección de diputaciones locales.
Esto es así, porque, conforme al principio de periodicidad, los partidos políticos están obligados a demostrar en cada una de las elecciones el grado de representatividad frente a la ciudadanía; es decir, en cada proceso electoral que se lleve a cabo.