En Quintana Roo solo el 1% de más de 35 mil personas trabajadoras del hogar se ha inscrito a los servicios del IMSS

Alejandro Peza

La Delegación del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) en Quintana Roo informó que solo el 1% de más de 35 mil personas trabajadoras del hogar se ha inscrito a los servicios del IMSS.

El jefe de Servicios de Afiliación y Cobranza del IMSS en la entidad, Javier Cruz Rivera, señaló que en Quintana Roo, al cierre de junio se tienen registradas solo 347 personas trabajadoras del hogar al Seguro Social pese a que
la incorporación al IMSS de las personas trabajadoras del hogar es una obligación desde el 17 de noviembre del año 2022.

«Si bien, desde el mes de noviembre de 2022 es obligatorio inscribir a las personas trabajadoras del hogar ante el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), y el trámite es sencillo e incluso se puede hacer en línea, lo cierto es que, a la fecha, el registro de este sector de la población en Quintana Roo se mantiene bajo», señaló.

Javier Cruz Rivera, explicó que es importante que los empleadores se concienticen sobre los beneficios que pueden otorgar a su persona trabajadora del hogar y que la inscripción es obligatoria.

“El artículo 239-A de la Ley de Seguro Social establece que, las personas trabajadoras del hogar son las que realizan tareas domésticas de manera remunerada como cuidados, limpieza o asistencia y generan un beneficio económico directo para el empleador, además puede vivir o no en el lugar de trabajo y trabajar para uno o varios empleadores”, destacó.

también enfatizó que las personas trabajadoras del hogar pueden reportar el incumplimiento de sus empleadores acudiendo a la subdelegación más cercana para regularizar su situación.

Señaló que, el objetivo de este nuevo esquema de incorporación obligatoria es garantizar el acceso a la seguridad social, ofreciendo igualdad de condiciones con el resto de los trabajadores a nivel nacional.

Un dato importante es que las personas trabajadoras del hogar pueden incluir como beneficiarios a su cónyuge o concubina(o), hijos, padre y madre quienes tendrán derecho a servicios médicos, hospitalarios, medicamentos, y seguros de incapacidad por enfermedad general o accidente de trabajo, además de invalidez o defunción.

Otro dato relevante es que con estas acciones la persona trabajadora del hogar y sus beneficiarios tendrán derecho a servicios médicos, hospitalarios y medicamentos podrán acceder a los seguros de incapacidad por enfermedad general o accidente de trabajo, también en caso de invalidez o defunción.

Al inscribirse, también podrán generar un ahorro para el retiro y tener derecho a utilizar guarderías para el cuidado de sus hijos.

Además, es obligatorio para el empleador pagar las aportaciones al INFONAVIT, permitiendo que las personas trabajadoras del hogar puedan adquirir un crédito de vivienda o realizar aportaciones a un crédito preexistente.