Alejandro Peza
Juana Vanessa Piña Gutiérrez confirmó que interpondrá un amparo como medida de protección legal después de que el cabildo del ayuntamiento de Bacalar la suspendiera de sus funciones como síndico por supuestos actos de rebeldía y de violación a los artículos 66 del Reglamento Interior de los Municipios de Quintana Roo y el tercero de la Ley General de Responsabilidades Administrativas.
“Estoy segura que me asiste la razón pues es una facultad que establece la Ley de los Municipios del Estado de Quintana Roo y no puede ser eliminada por una decisión de un cabildo. Nadie por encima de la ley”.
Dijo que además interpondrá una denuncia por violencia política en razón de género “Estaré interponiendo además de este amparo una demanda por violencia política en contra de José Alfredo Contreras Méndez, presidente municipal de Bacalar toda vez que llevo más de seis meses con diferentes represalias entre ellas en la que en el mes de enero me retiraron el personal con el que yo contaba, que era una secretaria, y que fue un acto que fue contra mi pues mis demás compañeros regidores seguían contando con ese equipo humano que de manera natural tenemos para desarrollar nuestras funciones además de que hubo también la clausura a un restaurante en el que un familiar mío se desempeña como socio y en el que con el uso de la fuerza publica realizaron una clausura aun cuando se les presentaron los documentos que corresponden a los permisos del negocio y aun así se llevo de manera arbitraria esa clausura”.
Vanessa Piña, refirió que su destitución tiene su origen en un conflicto personal con el presidente municipal de Bacalar, José Alfredo Contreras Méndez.
«Hay una situación que se origina en el mes de enero de este año con la denuncia que presenta una empleada del municipio que me busco para brindarle el acompañamiento por una demanda por hostigamiento sexual en contra de un asesor del presidente municipal lo que le causo una gran molestia toda vez que la petición es que no se diera ningún tipo de escándalo o seguimiento a la demanda de la víctima”.
Este lunes 11 de julio el cabildo del ayuntamiento de Bacalar suspendió de sus funciones a Vanessa Piña como sindicó del ayuntamiento para lo cual cito el artículo 66 del Reglamento Interior de los Municipios de Quintana Roo el cual establece en sus incisos V y W sobre los supuestos actos donde el ayuntamiento puede revocar el nombramiento del síndico.
Artículo 66:
v) Revocar el carácter de apoderado jurídico que esta ley le otorga al Síndico, cuando a juicio del propio Ayuntamiento exista conflicto de intereses entre éste y el Síndico.
En este caso, el carácter de Apoderado Jurídico recaerá en otro miembro del Ayuntamiento que el mismo designe.
w) Desistirse de las acciones promovidas por el Síndico cuando a juicio del Ayuntamiento lo estime conveniente.
En tanto el artículo 3 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas de Quintana Roo señala que:
ARTICULO 3º.- Son autoridades competentes en materia de responsabilidad de los servidores públicos:
I. La Legislatura del Estado;
II. El Tribunal Superior de Justicia del Estado;
III. La Secretaría de la Contraloría del Gobierno del Estado;
IV. Los Ayuntamientos de los Municipios del Estado;
V. Las Contralorías Municipales;
VI. Los órganos de control y evaluación interna de las dependencias y entidades de la Administración
Pública Estatal;
VII. Los demás órganos jurisdiccionales que determinen las leyes.
Por cierto, hay que señalar que la representación legal del ayuntamiento de Bacalar fue conferida de manera temporal a la regidora Rosa García González.